Subvenciones en materia de digitalización para empresas del sector comercial y artesano en Andalucía

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Hace unos días aparecía publicada en el BOJA la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.

Hay que decir que esto ya está publicado en el BOJA y que solamente está abierta la convocatoria de la Modalidad A, la Modalidad B todavía no está abierta, que es la que nos compete a nosotros.

  • Modalidad A: Proyectos para el fomento del crecimiento, la competitividad y la consolidación de las personas trabajadoras autónomas y pymes comerciales y artesanas, mediante la mejora del equipamiento productivo, instalaciones u otros activos fijos. Las actuaciones se desarrollarán en uno o más establecimientos, ubicados en Andalucía.
  • Modalidad B: Proyectos de apoyo a las personas trabajadoras autónomas y pymes del sector comercial y artesano para mejorar su grado de digitalización y la implantación de soluciones para su transformación digital, la mejora de la seguridad y fiabilidad de los procesos, así como el impulso de tecnologías disruptivas de apoyo al negocio y a los procesos que los sustentan.

A partir de aquí, veamos todos los datos interesantes de estas ayudas:

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, siempre y cuando cumplan los requisitos indicados en el artículo siguiente, las personas trabajadoras autónomas y pymes del sector comercial y artesano. Se entenderá comprendida en el sector comercial cuando desarrolle al menos una actividad económica encuadrada en el ámbito del comercio dentro de los códigos de la CNAE al nivel de clasificación detallado en el Anexo I de esta orden, salvo los relativos a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco y sus productos derivados. Asimismo se entenderá comprendida en el sector artesano, cuando conste su inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía.

Cuantía de las subvenciones

La subvención ascenderá a una cuantía que alcanzará el 100% del importe solicitado, con un límite máximo subvencionable por cada persona solicitante de:

  • Para un establecimiento: 40.000 euros.
  • Para dos o más establecimientos: 60.000 euros.
  • ara proyectos exclusivamente online o comercio ambulante: 30.000 euros.
  • Adicionalmente a las cantidades anteriores, para un nuevo establecimiento comercial o artesano: 20.000 euros.

La inversión mínima a realizar para que el proyecto se conceda asciende a 4.000 €.

Gastos subvencionables

Los proyectos de la modalidad A comprenderán medidas dirigidas a promover inversiones que incrementen la eficiencia y fomenten la innovación mejorando espacios de desarrollo, así como la mejora de la imagen de la actividad empresarial, con el fin de aumentar la competitividad.

Los proyectos de la modalidad B comprenderán medidas dirigidas a promover la transformación digital del negocio. Los gastos a subvencionar en esta tipología tendrán como objetivo la mejora de la competitividad y productividad a través del impulso de la implantación y el uso transformador de las TIC. Algunas de las soluciones TIC subvencionables son:

  • Diseño e implementación de páginas web o tienda online que permita al negocio poner en venta sus productos o servicios.
  • Consultoría para la elaboración de una estrategia de comunicación y marketing online, y su implementación.
  • Contratación de servicios enfocadas a optimizar los canales digitales del negocio para mejorar el posicionamiento online (SEO, SEM) facilitando a los clientes encontrar el negocio de manera ágil, hasta un año de servicio en su caso.
  • Contratación de servicios de gestión de las redes sociales o de diseño de una estrategia de redes sociales hasta un año de servicio en su caso.

El desglose de gastos subvencionables se puede consultar en la orden.

Compatibilidad con otras subvenciones

Las ayudas concedidas no son compatibles con otras ayudas destinadas a financiar los mismos costes subvencionables.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará siempre a solicitud de la persona interesada, previa convocatoria, y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia no competitiva.

Forma y secuencia de pago

El abono de la subvención se efectuará realizando un primer pago por un importe del 50% de la subvención concedida, que se tramitará tras la notificación de la resolución de concesión. El resto de la subvención se abonará una vez que la persona haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y se haya justificado la realización del proyecto subvencionado y el gasto realizado, conforme a lo establecido en el artículo siguiente.

Hasta el resumen de lo más importante a tener en cuenta; aunque la orden completa la tenéis aquí.

Ahora, os detallamos las soluciones de digitalización de la MODALIDAD B en las que Difussion Marketing Online os puede ayudar. Son las siguientes:

  • Diseño, implementación y elaboración de contenido de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos u otra información necesaria orientadas para la venta. Hasta 7.000 €.
  • Diseño e implementación de páginas web o tienda online que permita al negocio poner en venta sus productos o servicios. Hasta 7.000 €.
  • Consultoría para la elaboración de una estrategia de comunicación y marketing online, y su implementación. Hasta 5.000 €.
  • Contratación de servicios enfocados a optimizar los canales digitales del negocio para mejorar el posicionamiento online (SEO, SEM) facilitando a los clientes encontrar el negocio de manera ágil, hasta un año de servicio en su caso. Hasta 5.000 €.
  • Contratación de servicios de gestión de las redes sociales o de diseño de una estrategia de redes sociales hasta un año de servicio en su caso. Hasta 5.000 €.

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